Reflexiones sobre el documento de transporte de los medios de retención vacíos sin limpiar que hayan contenido mercancías peligrosas. -5ª Parte-.

Para terminar con la serie de entradas sobre el documento de transporte para los medios de retención vacíos sin limpiar que contienen restos de mercancías peligrosas, en esta me voy a referir a cuando esos medios de confinamiento no hayan contenido radiactivos y no sean vehículos, cisternas (esto ha sido objeto de entradas anteriores) ni recipientes de capacidad superior a mil litros, para lo cual vamos a analizar el 5.4.1.1.6.1, 5.4.1.1.6.2, 5.4.1.1.6.2.1 y 5.4.1.1.6.2.3 del ADR.

Vamos a tener distintas opciones de describirlos en la carta de porte:

  1. El 5.4.1.1.6.1 nos da la opción de poner «VACÍO, SIN LIMPIAR» o «RESTOS, CONTENIDO ANTERIOR» antes o después de la descripción de la mercancía peligrosa prescrita en 5.4.1.1.1 a) a d) y k). Para el caso de las botellas vacías de oxígeno de la imagen tendríamos las siguientes posibilidades:
    • VACÍO, SIN LIMPIAR, UN 1072, OXÍGENO COMPRIMIDO, 2.2 (5.1), (E);
    • UN 1072, OXÍGENO COMPRIMIDO, 2.2 (5.1), (E), VACÍO, SIN LIMPIAR;
    • RESTOS, CONTENIDO ANTERIOR, UN 1072, OXÍGENO COMPRIMIDO, 2.2 (5.1), (E); o
    • UN 1072, OXÍGENO COMPRIMIDO, 2.2 (5.1), (E), RESTOS, CONTENIDO ANTERIOR.
      • No será necesario indicar la cantidad total de cada mercancía peligrosa, porque no se aplicará el 5.4.1.1.1 f) del ADR.
  2. Como el 5.4.1.1.6.2 nos da la posibilidad de describirlos según el 5.4.1.1.6.2.1, en lugar de como hemos hecho más arriba, también podremos hacerlo de la siguiente manera:
    • RECIPIENTE/S VACÍO/S, 2.2 (5.1); o
    • Al tratarse de un gas, en lugar de poner las etiquetas de peligro, se admite sustituirlas por la clase, en cuyo caso también serviría RECIPIENTE/S VACÍO/S, 2.
  3. El mismo 5.4.1.1.6.2.1 nos dice que, si las últimas mercancías peligrosas cargadas son mercancías de las clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 8 o 9, las informaciones relativas, tales como son previstas en 5.4.1.1.1 c), podrán ser remplazadas por la mención «CON RESIDUOS DE […]» seguido de la/s clase/s y peligro/s subsidiario/s, que correspondan a los diferentes residuos concernientes, por orden de numeración de las clases.
  4. El 5.4.1.1.6.2.3 nos da la posibilidad de hacer la carta de porte como comenté en la entrada del 16 de febrero de 2022 «Reflexiones sobre el documento de transporte de los medios de retención vacíos sin limpiar que hayan contenido mercancías peligrosas. -2ª Parte-» ,suprimiendo la cantidad que figura en la carta de porte de la ida, (borrándola, tachándola o por cualquier otro medio).

A continuación, voy a poner algunos ejemplos:

EJEMPLO 1

Unidad de transporte transportando recipientes vacíos no limpios que han contenido las siguientes materias:

  • UN 1049, Hidrógeno Comprimido, 2.1, (B/D);
  • UN 1072, Oxígeno Comprimido, 2.2 (5:1), (E); y
  • UN 1956, Gas Comprimido N.E.P. (Argón y Dióxido de carbono), 2.2, (E).

Según el 5.4.1.1.6.2.1 a) bastaría con que la carta de porte llevara la siguiente información:

  • Nombre y dirección del expedidor;
  • Nombre y dirección del destinatario; y
  • RECIPIENTES VACÍOS, 2.
  • En caso de acogernos a la exención del 1.1.3.6, si no lleváramos más mercancías peligrosas que estas, añadiríamos “categoría de transporte 4”.

EJEMPLO 2

Unidad de transporte con embalajes vacíos sin limpiar (jerricanes y bidones) que han contenido las siguientes mercancías peligrosas:

  • UN 2014, PERÓXIDO DE HIDRÓGENO EN SOLUCIÓN ACUOSA, 5.1 (8), II, (E);
  • UN 1230, METANOL, 3 (6.1), II, (D/E);
  • UN 1824, HIDRÓXIDO SÓDICO EN SOLUCIÓN, 8, II, (E);
  • UN 2811, SÓLIDO TÓXICO, ORGÁNICO, N.E.P. (cafeína anhidra), 6.1, III, (E); y
  • UN 3109, PERÓXIDO ORGÁNICO LÍQUIDO TIPO F (ácido peroxiacético, tipo F, estabilizado), 5.2 (8), (D).

En este caso, además del nombre y dirección del expedidor y del destinatario, tendríamos dos formas de describir los embalajes vacíos en la documentación de acompañamiento correspondiente a las mercancías peligrosas transportadas:

Opción 1 (5.4.1.1.6.2.1):

EMBALAJES VACÍOS, 5.1 (8)

EMBALAJES VACÍOS, 3 (6.1)

EMBALAJES VACÍOS, 8

EMBALAJES VACÍOS, 6.1

EMBALAJES VACÍOS, 5.2 (8).

Opción 2 (5.4.1.1.6.2.1 b)):

EMBALAJES VACÍOS CON RESIDUOS DE 3, 5.1, 5.2, 6.1, 8.

En cualquiera de las dos opciones anteriores, si no se llevaran otras mercancías peligrosas y quisiéramos acogernos a la exención del 1.1.3.6, se añadiría “categoría de transporte 4”, al no haber contenido mercancías peligrosas de la categoría de transporte 0.

EJEMPLO 3

Unidad de transporte transportando:

  • Bidones vacíos con restos de UN 1235, METILAMINA EN SOLUCIÓN ACUOSA, 3 (8), II, (D/E); y
  • GRG (IBC) vacíos sin limpiar que han contenido UN 3109, PERÓXIDO ORGÁNICO LÍQUIDO TIPO F (Ácido peroxiacético estabilizado, al 16%), 5.2 (8), (D).

En el documento de transporte, si no llevara más mercancías peligrosas que estas, figuraría, además del nombre y dirección del expedidor y del destinatario:

RECIPIENTES VACÍOS, 3 (8)

GRG (IBC) VACÍOS, 5,2 (8)

Categoría de transporte 4.

Aclaración: cuando nos acojamos al 5.4.1.1.6.2.1, como nos dice que las designaciones indicadas conforme al 5.4.1.1.1 a), b), c), d), e) y f) son sustituidas por «EMBALAJE VACÍO», «RECIPIENTE VACÍO», «GRG/IBC VACÍO», «GRAN EMBALAJE VACÍO», según el caso, seguido de la información relativa a las últimas mer­cancías cargadas previstas en 5.4.1.1.1 c), ello quiere decir que NO SERÁ NECESARIO INDICAR:

a) el número ONU;

b) la designación oficial de transporte;

d) el grupo de embalaje;

e) el número y descripción de los bultos; ni

f) la cantidad de mercancías peligrosas.

EJEMPLO 4

Inspección en carretera a una unidad de transporte que lleva botellas vacías sin limpiar que han contenido UN 1965, MEZCLA DE HIDROCARBUROS GASEOSOS LICUADOS, N.E.P., cada una marcada y etiquetada conforme al capítulo 5.2, el vehículo no lleva ningún tipo de señalización de mercancías peligrosas referente al capítulo 5.3 y el conductor no tiene el certificado de formación de mercancías peligrosas del capítulo 8.2 del ADR. Se pide la carta de porte y…

Es correcto, No hay infracción.

Espero haber podido ayudaros a aclarar dudas que puede haber sobre la documentación de acompañamiento de los medios de contención vacíos sin limpiar.

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Publicado por Antonio Gómez Trujillo

Formador

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