El ADR y su estructura

En entradas anteriores hemos hecho referencia al ADR, en esta vamos a introducirnos en él, poquito a poco. Ya iremos metiéndonos en otras en lo más hondo, en lo más complejo, iremos de lo fácil a lo difícil pero quiero que lo hagamos juntos, para lo cual os paso un link a la página del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana donde podéis descargaros gratis el ADR 2019 e incluso tenéis la posibilidad de bajaros también en un archivo Excel la Tabla A (la lista oficial de mercancías peligrosas), la cual está incorporada en el propio ADR. La Tabla B (ordenada alfabéticamente), aunque no forma parte del Acuerdo, el Ministerio la ha incorporado en este caso. Quiero que lo tengáis porque no me gustaría que os fieis de mi. En los cursos que imparto intento inculcar a los asistentes que sean críticos, que no se crean las cosas porque sí. Es típico oír decir a un alumno: pues a mi me dijeron que…, pues bien, como en las próximas entradas que escriba en el blog muchas van a tener relación con casos prácticos del ADR, me gustaría que dispusierais de él y os diré en qué parte del mismo se localiza la solución a las cuestiones que planteemos, que serán muy diversas.

Link para descargarlo:

https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/mercancias-peligrosas-y-perecederas/adr2019

Os recuerdo que hay mucha más legislación aplicable al transporte de mercancías por carretera, pero esta es la más importante y ahora que ya la tenéis, vamos a conocerla un poco. Más adelante tocaremos otras normativas.

Me imagino que en este momento alguien estará pensando ¿y para que me puede servir a mi todo esto? ¿para que voy a perder el tiempo? Si es algo relacionado con el transporte, eso lo tendrán que saber los transportistas. Error, precisamente esta normativa no es solo para los transportistas, es más, solo una pequeña parte del ADR está dedicada a las obligaciones de seguridad de éstos. Este Acuerdo Internacional está dirigido, además de a los transportistas, a los fabricantes, a los productores de residuos, embaladores, cargadores, expedidores, descargadores, destinatarios, llenadores, fabricantes de cisternas, de embalajes, de vehículos… Nos afecta a todos, sí, a todos. ¿O alguien no ha ido alguna vez a por una botella de butano en su coche, a por una lata de gasolina, a por un bote de pintura, botellas de lejía, ambientadores, desodorantes, perfumes, encendedores para cigarrillos…? Y cuando lo hemos hecho, ¿nos hemos preguntado si nos afectaba alguna normativa, que cantidades podíamos traer, en que condiciones, etc.? Precisamente en Naciones Unidas consideran que hay una parte del ADR que deberíamos conocer todo el mundo. Lo demostraremos en otras entradas.

Vamos pues, para ser fieles al título de esta entrada cómo es la estructura del ADR. Primeramente vamos a partirlo en dos, llamados Anejos, no a partes iguales en cuanto a tamaño, pero sí según a quien está dirigido: el Anejo A, en el que vamos a encontrar todas las obligaciones de los distintas figuras que intervienen desde que una mercancía peligrosa se fabrica hasta que la unidad de transporte está preparada en la puerta de salida de una empresa con todo a bordo y en regla (esto no lo dice el ADR pero se puede deducir del contenido); y el Anejo B, que se refiere fundamentalmente al transporte. El Anejo A consta de 7 partes, de la 1 a la 7, ambas inclusive; y el Anejo B tiene dos partes, la 8 y la 9, por lo tanto el ADR tiene 9 partes. Cada una de estas partes se dividen en capítulos, cada uno de estos en secciones, subsecciones, apartados… Por ejemplo, las instrucciones escritas para los miembros de la tripulación están definidas en el 5.4.3 del ADR, esto quiere decir que se localizan en la sección 3 del capítulo 4 de la parte 5. Si ojeamos el libro veremos que en muchas páginas, a la izquierda del texto, encontramos una numeración. Supongamos que estamos en el 6.1.2, pues bien, la cifra de la izquierda indica que estamos en la parte 6 del ADR.

El ADR 2019 tiene alrededor de 1250 páginas, este es un Acuerdo que hay que saber consultarlo, no es para sabérselo de memoria pero claro, dependiendo de cual sea el problema que queramos resolver y desde el punto de vista de qué interviniente seamos, habrá que entrar por una parte o por otra. Para que nos vayamos situando vamos a dar unas pinceladas sobre cada una de las nueve de que consta para ir conociéndolo:

  • Parte 1, esta parte el ADR la titula Disposiciones Generales. Este título es poco concreto pero esta es una parte de las más importantes, y en Naciones Unidas consideran que deberían conocerlo todas las personas, no solo los que a nivel profesional trabajan con las mercancías peligrosas, está destinada también a los particulares que puedan hacer transporte para su uso personal o doméstico. Sin entrar a enumerar los títulos de todas los capítulos, secciones, etc., de que consta, sí vamos a resaltar algunos contenidos importantes: aquí vamos a encontrar el punto de partida de la mayoría de las exenciones que contempla el ADR; una sección destinada a las definiciones; formación del personal distinto de los conductores; obligaciones de seguridad de los distintos participantes; disposiciones transitorias; funciones y obligaciones de los consejeros; etc.
  • Parte 2, Clasificación, dedicada principalmente a los fabricantes, productores de residuos, etc. En esta parte vamos a encontrar los criterios para clasificar las mercancías peligrosas.
  • Parte 3, esta parte la deberían conocer todos los participantes que a nivel profesional se dediquen a las mercancías peligrosas: fabricantes, embaladores, cargadores, transportistas…, lo más importante de aquí es que está la Lista Oficial de Mercancías Peligrosas, la Tabla A, que además va a ser donde tengamos que establecer el campamento base a la hora de organizar y resolver cualquier expedición.
  • Parte 4, aquí vamos a encontrar los distintos Medios de Confinamiento que podremos utilizar para poder transportar las mercancías peligrosas: embalajes, GRG (IBC), cisternas… Esta es una parte que el que más tiene que conocerla es el que los use, pero si nosotros tenemos una materia que la queramos transportar, no podemos venir aquí directamente para encontrar el envase o la cisterna, el camino a seguir será: la clasifico siguiendo los criterios de la parte 2, a continuación localizo la mercancía con su número ONU y demás características en la Tabla A de la parte 3, y, aquí me van a decir a qué sitio de la parte 4 tengo que ir para ver en qué puedo confinarla para poder transportarla.
  • Parte 5, Procedimientos de Expedición, esta van a tener que conocerla embaladores, cargadores, expedidores, transportistas, etc. porque aquí vamos a encontrar como marcar y etiquetar los bultos y los sobreembalajes; como señalizar cualquier unidad de carga de transporte; y como es o se confecciona la documentación de transporte.
  • Parte 6, Construcción y Pruebas que tienen que pasar los envases, embalajes, GRG (IBC), cisternas… Si bien esta es una parte que está destinada a los fabricantes de los mismos, no es menos cierto que los que los utilicen (los de la parte 4) deben conocerla también.
  • Parte 7, Condiciones de Transporte, Carga, Descarga y Manipulación. Esta es la última parte del Anejo A. Aunque aquí también hay disposiciones para cuando la unidad de carga de transporte llega a destino y se descarga, hasta aquí todas las operaciones necesarias hasta que el vehículo está preparado en la puerta de salida de la empresa. Hemos tenido en cuenta las disposiciones generales de la parte 1; hemos clasificado la mercancía según la parte 2; la hemos localizado en la parte 3 con su número ONU definido; la hemos confinado atendiendo a la parte 4, si procede, cumpliendo los estándares de la parte 6, en su caso; hemos señalizado y confeccionado la documentación de acompañamiento según la parte 5; se selecciona el vehículo adecuado o el contenedor y se carga y estiba según esta parte.
  • Parte 8, comienza el Anejo B con Disposiciones Relativas a la Tripulación, Equipamiento y Explotación de los Vehículos y a la Documentación. Aquí vamos a encontrar, entre otras cosas, la documentación que tiene que ir a bordo de la unidad de transporte, equipamiento, medios de extinción, formación de los conductores, disposiciones a observar por la tripulación del vehículo, etc.
  • Parte 9, Características de Construcción de Determinados Vehículos que Transporten Ciertas Mercancías Peligrosas. Hasta hace no muchos años ha habido una creencia generalizada y todavía a día de hoy me preguntan sobre si los vehículos que transportan mercancías peligrosas deben cumplir unas características específicas para poder transportar mercancías peligrosas y, como dice el título de esta parte, solo «determinados vehículos que transporten ciertas mercancías peligrosas» tendrán unas determinadas características de construcción.

En la próxima entrada del blog, si nos hemos descargado el ADR, podremos jugar con él para empezar a engancharnos.

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Publicado por Antonio Gómez Trujillo

Formador

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